RELEVAMIENTO DE INFORMACIÒN PARA UNA INVESTIGACIÒN ACERCA DEL TRABAJO FORZOSO Y TRATA DE PERSONAS EN EL URUGUAY- 2005
| Según el CIT N° 29 (1930), "el trabajo forzoso y obligatorio designa todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente" |
El Uruguay ha ratificado el CIT N° 29 sobre el Trabajo Forzoso y el CIT N° 105 (1957) sobre la Abolición del Trabajo Forzoso, pero no han sido reglamentados.-
Contexto Socio-Económico
La actual situación de pobreza y marginalidad de un millón de ciudadanos uruguayos, casi el 30% de la población del país (datos manejados por el actual Gobierno) de los cuales más de cien mil se encuentran en condiciones de indigencia, es decir que ni siquiera acceden a un nivel mínimo de subsistencia alimentaria se arrastra desde hace décadas y se ha agudizado desde el año 2002 con la crisis económica y financiera.-
Desde antes de la Dictadura Militar ( 1973-1985) y durante la misma, los trabajadores perdimos más del 50 % del poder adquisitivo del salario real; se aumentó la Deuda Externa, pero no se mejoró el trabajo, sino que se redujo la masa salarial y se incrementó la explotación de los trabajadores.-
Al entrar en democracia nuevamente, las luchas sociales hicieron posible alguna pequeña recuperación, pero ello se pudo sostener sólo durante los primeros cinco años, ya que por los años 90, las políticas económicas implementadas, hacían crecer el PBI (Producto Bruto Interno) pero sólo se beneficiaba al capital, su rentabilidad y la competitividad interna y externa, postergando a los trabajadores y a la negociación colectiva.-
Como se señaló antes, en el año 2002, la catástrofe económica llevó a una situación de mayor desocupación y pobreza, lo cual constituye un campo fértil para que se desarrollen con total impunidad, prácticas de trabajo forzoso y de trata de personas.-
En el 2001, la OIT ha implementado un Plan de cooperación técnica por el cual a través de un Programa Especial de Acción para combatir el trabajo forzoso y la trata de personas (SAP-FL) ha llegado a determinar que en casi todos los países y tipos de economías se presenta esta realidad.- A juzgar por las condiciones de extrema deficiencia, nuestro país no escapa a tal afirmación, sea cual sea el alcance jurídico estricto del concepto "trabajo forzoso".-
Consideramos que el "trabajo forzoso" es un tema de DDHH y entendemos que abarca las siguientes situaciones que también son constatadas en Uruguay:
-salarios bajos y por debajo de los mínimos establecidos
-condiciones precarias de trabajo
- jornadas ilimitadas de trabajo
-falta de empleo
-restricción de la libertad personal por deudas
-pérdida de derechos y privilegios
-violencia física y amenaza de muerte
-engaño y fraude, etc.
1).-Investigación e Información
Los Inspectores de Trabajo, desconocemos si en Uruguay se ha implantado tal Programa de OIT; hemos solicitado a la Oficina Regional en Chile, información al respecto, así como si se han desarrollado investigaciones sobre este tema en nuestro país, no obteniendo respuesta por ahora.-
Para prevenir y/o erradicar el trabajo forzoso y la trata de personas, es necesario efectuar una investigación al respecto determinando la magnitud de la problemática para fundamentalmente suprimir sus causas
En Uruguay hemos naturalizado situaciones de indigencia, marginalidad y mendicidad forzada que padecen miles de ciudadanos; ellas se repiten cotidianamente hasta hacerse familiares, encubriendo la falta de atención y de respuestas adecuadas por parte de las autoridades competentes, y mostrando la hegemonía de una ideología dominante que intenta pautar que esa es la realidad y es la única forma de vida posible para ellos.-
2).- Proyectos Especiales que pueden contribuir a prevenir aquellos factores que potencian prácticas de trabajo forzoso y Estructuras Institucionales implicadas
a) La situación de pobreza mencionada más arriba, ha obligado al actual gobierno, a implementar un Plan de Emergencia Social que abarca la atención básica de alimentación, salud, educación y vivienda para estos habitantes del país.- (Ministerio de Desarrollo Social de reciente creación)
Apunta a terminar con las políticas asistencialistas para recobrar la dignidad humana, la reivindicación de los derechos humanos y "la construcción de la ciudadanía, entendida como el más pleno ejercicio de los derechos sociales, políticos, económicos y culturales"
b) La reinstauración de los Consejos de Salarios (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social)- con la participación de los actores laborales por ramas de actividad económica para la negociación colectiva, contribuye al fortalecimiento de la acción sindical para la defensa de los derechos de los trabajadores y la mejora de las condiciones de trabajo y medio ambiente.- Pero además por primera vez se instala la negociación para el sector rural y para los funcionarios públicos
c) La Junta Nal. de Empleo- de carácter tripartito , funciona en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y tiene como cometidos administrar el Fondo de Reconversión Laboral y asesorar a la Dirección Nacional de Empleo en la formulación de políticas de empleo y formación profesional-
d) DINAE- (Dirección Nal. De Empleo- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social)
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. El objetivo central de la DINAE es desarrollar acciones de investigación, colocación y capacitación que faciliten la inserción laboral de los trabajadores con problemas de empleo y mejoren la calidad de la formación profesional.
Estos programas se orientan hacia la articulación de acciones con una visión integral de la defensa de los derechos fundamentales consagrados en nuestro marco jurídico (normas nacionales e internacionales), no obstante, consideramos que más allá de la declaración de objetivos necesarios, es fundamental la voluntad política para hacer efectiva su puesta en práctica.-
e) Inspección Gral. del Trabajo- (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social)
Al no existir una investigación detallada sobre el Trabajo Forzoso en el Uruguay, no se ha formado especialmente a los Inspectores de Trabajo para comprender su rol en la erradicación del mismo.- Sin embargo, las autoridades ministeriales han debido interponer demandas penales ante situaciones de obstruccionismo a la labor inspectiva, generadas por empresarios que ocupan trabajadores en condiciones infrahumanas.-
Por consiguiente no se efectúan inspecciones programadas en el medio rural por lo cual no se detectan situaciones de trabajo forzoso, excepto las realizadas específicamente en la actividad forestal que se detallan más adelante.-
Tampoco se investiga ni se controla el trabajo de menores, mujeres y jóvenes que limpian parabrisas en los cruces con semáforos, o que venden golosinas y otros artículos en los buses capitalinos, incluso la mendicidad forzosa.-
Cuando abordamos la temática sobre erradicación de Trabajo Infantil, lo definimos como la ocupación de niños ( menores de 18 años) en actividades laborales que impiden y dificultan su educación, son perjudiciales para su salud e implican riesgos para su desarrollo físico, intelectual, moral y social. En este concepto se incluyen aquellas estrategias de sobrevivencia que realizan como medio de obtención de recursos (mendicidad forzada). Ello también implica una condición obligada por dichos circunstancias (pobreza extrema) haciéndose difícil establecer los límites de diferenciación para un concepto estrictamente jurídico de "trabajo forzoso".-
Hemos constatado asimismo, falta de severidad de las medidas coercitivas y de atención a las victimas.-
3).- Legislación vigente
a) Estamos averiguando el alcance en la legislación nacional de estos Convenios Internacionales N° 29 y N°105; desconocemos si la justicia nacional considera como delito grave, la aplicación de las condiciones de trabajo forzoso.-
b) El estatuto del Trabajador Rural es un decreto del Poder Ejecutivo, reglamentario de la ley que establece normas laborales para el trabajador rural – Si bien data de 1978 faltando su actualización, contiene normas mínimas que no se cumplen según se constató en los escasos controles inspectivos efectuados, y ello por falta de recursos o de voluntad política al ceder ante las presiones de agremiaciones rurales empresariales.-No obstante, se acaba de ratificar el CIT Nº 184 sobre seguridad y salud en la agricultura que se deberá reglamentar.-
c) En materia de Seguridad y Salud ocupacional, contamos con una Ley marco desde el año 1914, la que se ha ido reglamentado a través de normas generales y decretos específicos.- Por ejemplo las Industrias Forestal y de la Construcción cuentan con decretos que apuntan a controlar los riesgos específicos de esas actividades; estas normas específicas fueron elaboradas en forma tripartita entre trabajadores, empleadores y el Estado, no obstante es necesario introducirles algunas modificaciones en atención a la realidad constatada.-( se amplía el comentario en el Capítulo 5 de este trabajo) .- Asimismo, resulta imprescindible reglamentar en materia de Seguridad y Salud, otras industrias en forma específica de acuerdo con el grado de peligrosidad de los riesgos a que están expuestos algunos trabajadores, como por ejemplo la Industria de la Pesca
d) La legislación vigente también limita la jornada de trabajo a 8 horas y su extensión en forma extraordinaria, así como obliga al pago doble de las horas extras, que no pueden exceder las dos horas diarias y las ocho horas extras semanales; sin embargo poco se cumple y poco se puede controlar ya que por diferentes motivos (bajos salarios, amenazas, etc) los trabajadores se ven obligados a aceptar horarios extensos sin la correspondiente compensación económica, y sin efectuar la denuncia pertinente en la Inspección de Trabajo.- Existe además, la posibilidad de trabajar " a destajo" lo cual implica efectuar una tarea desde su inicio hasta su finalización por un determinado monto de dinero, sin depender del tiempo de trabajo; como la paga suele ser muy reducida en relación con un salario digno, el trabajador se apresura a terminar cuanto antes para buscar otro trabajo similar, con el riesgo incrementado de accidentarse al aceptar las mismas condiciones reiteradamente.- El sector rural, la pesca, el servicio doméstico, no cuentan aún con limitación de la jornada laboral.-
e) trata de personas- el Protocolo de Palermo (2002) que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Transnacional Organizada - art. 3° - desarrolla un planteamiento global que se refiere específicamente a la trata de seres humanos y abarca la tipificación, la protección y la ayuda a las víctimas, así como la prevención de este fenómeno.-
4).- Conciencia nacional e internacional
La erradicación del Trabajo forzoso es un tema de todos.
La AITU (Asociación de Inspectores de Trabajo del Uruguay)ha estado movilizada durante el año 2004, efectuando diferentes denuncias públicas al respecto, para crear conciencia en la población y llamar a las autoridades a que cumplan con sus responsabilidades.-
Hemos efectuado Muestras Fotográficas, exponiendo la realidad cruda que constatamos diariamente, sobre las pésimas condiciones de trabajo de algunos compatriotas; hemos convocado a la población en general a participar de charlas abiertas en las que muchos invitados se informaban por primera vez de la existencia del cuerpo inspectivo y sus competencias así como sobre sus propios derechos en materia de trabajo.-
También hemos participado de foros sociales en Uruguay compartiendo la muestra fotográfica y organizando rondas informativas.-
Algunos medios de comunicación - principalmente radios comunitarias- han apoyado esta tarea, cumpliendo con un rol multiplicador de la información que generamos a partir de nuestra experiencia
Contamos con una página web con la que pretendemos acercar nuestra labor y nuestra visión del mundo del trabajo a la mayor cantidad posible de seres humanos interesados en el tema: www.aitu.org.uy
Entendemos que también la sindicalización es un medio para llegar a profundizar en la concienciación de este tema, pero las personas que son explotadas, generalmente carecen de organización como los trabajadores rurales, domésticos, jubilados que trabajan, acompañantes de enfermos, vigilancia y limpieza, hurgadores y clasificadores de residuos, etc
No son protagonistas voluntarios, sino que además de su extrema pobreza, reciben amenaza de despido, de violencia física, con el consiguiente miedo a la exclusión social.-
5) Algunos casos reales, constatados en las inspecciones y que podrían considerarse trabajo forzoso
"acepta " las jornadas tan extensas, configurándose una situación obligada o forzosa.- Máxime si se tienen en cuenta que las empresas enfrentan a los trabajadores con la obligatoriedad de cubrir con sólo dos turnos las jornadas completas-
Forestación
(Exposición escrita de un Representante en el Parlamento uruguayo por el Departamento de Río Negro-junio/2003)
" ... se abonan jornales miserables, que se trabaja "en negro", sin ningún tipo de cobertura. Que algunos de los subcontratistas para cuando se les antoja, con total impunidad, a quienes desesperados por trabajo, como tantos cientos de miles en el país, tienen que moderarse, aceptar el manoseo y la prepotencia, en algunos casos, porque detrás de ellos hay una familia numerosa, en hogares indigentes...."
(Fragmento de un Informe Inspectivo del año 2003 en conocimiento de las autoridades del MTSS)
" Un aspecto de singular importancia que caracteriza en general las zonas geográficas del país, con una importante dependencia (social) en relación a la actividad forestal (en especial con la realización de faenas de implantación, poda, limpieza y cosecha de bosques, está constituido por:
. Índices de desocupación por debajo de la media nacional
. Como contrapartida de lo anteriormente establecido, las condiciones de trabajo en que se ven enfrentados un alto porcentaje de trabajadores forestales están muy por debajo de las condiciones mínimas establecidas por la norma legal de aplicación. Detectándose situaciones que se aproximan a condiciones de trabajo descriptas por los historiadores para los Siglos XVII o XIX.
. Los graves accidentes de trabajo ocurridos en el sector, no sólo se centran en las condiciones técnicas o mecánicas de los operadores o máquinas, sino que la alimentación, la disponibilidad de agua potable, la exposición a temperaturas extremas y la forma de pago juegan un rol de fundamental importancia.
. Simultáneamente, debe mencionarse otros aspectos negativos que resultan como consecuencia de la existencia de las situaciones abordadas en los puntos anteriores, como lo es el incremento de trabajadores forestales involucrados en delitos de abigeato y faena clandestina, así como también el incremento de enfermedades vinculadas a las deficientes condiciones sociales determinadas por las condiciones de trabajo y la alimentación como por ejemplo la tuberculosis.-"
"….. Los problemas que antes debían enfrentar las Empresas forestales como consecuencia de su misión empresarial, hay se transfieren a las estructuras sociales más próximas. Entonces pueden visualizarse algunos campamentos móviles ubicados sobre un camino vecinal, próximo al borde del campo forestal. Otros Contratistas, han optado por instalarse en el propio poblado, en viviendas y/o galpones ya existentes con anterioridad"
" Del contenido de la denuncia formulada"
"Del diálogo mantenido con distintos actores sociales vinculados a núcleo poblado y del resultado obtenido en inspecciones realizadas con anterioridad en la zona, existe una fuerte presunción que podían existir condiciones de trabajo denigrantes en la zona. En tal sentido, algunos actores consultados subrayaron la existencia de pagos a través de bono, que sólo pueden ser canjeados en determinado negocios, donde los precios de aquellos artículos de mayor consumo están sobredimensionados en cuanto a su precio. Que en lo relacionado con las tarifas abonadas y que fueron manejadas por la Junta Departamental, para las distintas actividades forestales estas están plenamente confirmadas en los hechos. Esto es en otras palabras, que un trabajador forestal debe manipular un promedio diario de 200 palos para obtener un jornal que le permita cubrir los gastos de alimentación y otros. Es por esto, que cuando las condiciones climáticas son adversas y/o su salud se ve afectada por cualquier circunstancia, estos deben continuar trabajando, aun a riesgo de su propia vida, pues de otro modo, terminarían endeudándose paulatinamente y además no podrían llegar a reunir el sustento lógico para el sostén de su familia. Es por esta razón, que este servicio ha propuesto al Inspector General, estudiar la posibilidad de establecer un laudo a escala nacional, para las distintas tareas a desarrollar que ponga fin a este sistema…."
(Fragmento de un Informe Inspectivo sobre Trabajo Forestal)
"Alimentación: se encuentran diferentes y variadas situaciones: ej.
1).- algunos llevan desde café con agua y galleta.-
2).- un recipiente equivalente a un plato de comida, con alimentos.-
3).- En los predios hay "cantinas" con precios elevados y todo tipo de mercadería, la cual según los trabajadores se la descuentan del sueldo.-
-Ingreso a la empresa: los trabajadores forestales van de una empresa a otra empresa buscando mejoras salariales y mejores condiciones de trabajo, en razón de esto no generan antigüedad y así se pierden sus derechos a salario vacacional, aguinaldo, etc. No tienen estabilidad laboral.-
-Los horarios de trabajo en su mayoría son de sol a sol.-…."
Menores
-Washington, es un niño de 14 años que trabajaba en actividades de cosecha forestal en la estancia ]"Cacique Sepé" en la localidad de Batoví, Tacuarembó El 21 de octubre de 2004, se fracturó una pierna, recibiendo asistencia médica recién al día siguiente, cuando fue trasladado por la policía, al hospital departamental.- En el mismo frente , se denunció la utilización de niños de 8 años para la realización de diferentes tareas. El reclutamiento de trabajadores, se hace a través de avisos pagos en una radio local.-
(Fragmento de nota enviada al Ministerio de Trabajo en el año 2000 desde el INAME- Instituto Nacional del Menor ( actual INAU- Instituto Nacional de la Niñez y la Adolescencia del Uruguay)acerca de una inspección efectuada con técnicos del propio Organismo y atendiendo una denuncia periodística):
" En dicha visita se pudo constatar que:
Migración
CONCLUSIONES
Pretendimos narrar nuestra visión y conocimiento a partir de nuestra experiencia "en campo" sobre Trabajo Forzoso y Trata de Personas en el Uruguay.-
Los casos descriptos, son sólo una muestra de la realidad que viven miles de ciudadanos que sin embargo la Constitución de la República manda proteger así como todos los DDHH
Apostamos a los cambios que necesariamente se deben realizar y estamos dispuestos a continuar con nuestra labor como ciudadanos, como funcionarios públicos con responsabilidad y ética para Hacer y sumarnos a todas las iniciativas que tiendan a erradicar estas formas indignas de vida y trabajo, en aras de la paz social.-