Asociación de Inspectores de Trabajo del Uruguay
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Comisión Directiva 2009-2011
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Estatutos
GRUPOS DE ACTIVIDAD
Grupo 20. Entidades gremiales, sociales y deportivas.
1. Entidades deportivas.
Grupo 1 – Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco.
Grupo 10 – Comercio en general.
1. Tiendas
10. Comercio residual.
10. Ópticas.
11. Casas de fotografía.
12. Casas dentales (venta de artículos odontológicos).
13. Droguerías farmacéuticas. Distribución de especialidades farmacéuticas.
14. Laboratorios fotográficos.
15. Venta de motos, ciclomotores, sus repuestos y accesorios.
16. Empresas que comercializan productos, arts. y/o equipos médicos hospitalarios y/o de uso en laboratorios.
17. Repuestos de automotores.
18. Supermercados.
19. Anda.
2. Artículos para el hogar.
20. Barracas y Cooperativas de productos del país.
21. Envasado de supergas.
22. Distribución de supergas.
23. Transporte de gas licuado de petróleo (”fleteros”)
24. Cooperativas de consumo.
3. Máquinas de oficina.
4. Bazares, ferreterías, pinturerías y jugueterías, casas de electricidad y electrónica.
5. Mayoristas e Importadores y mayoristas de almacén.
6. Casas de Música.
7. Librerías y Papelerías.
8. Barracas de Construcción (artículos y materiales de construcción)
9. Farmacias, Homeopatías y Herboristerías.
Grupo 11 – Comercio minorista de la alimentación.
Grupo 12 – Hoteles, restoranes y bares.
1. Hoteles, apart-hoteles, moteles y hosterías.
2. Campamentos, bulgalows y similares (incluye red de albergues internacionales)
3. Otros establecimientos de alojamiento.
3.1 Hoteles de Alta Rotatividad.
3.2 Pensiones.
4. Restaurantes, parrilladas, cantinas.
5. Cadenas de comidas.
6. Otras formas de servicio de alimentación y venta de bebidas (carros)
7. Cafés, bares y pubs.
8. Rotiserías.
Convenio Colectivo para todas las empresas y trabajadores comprendidos dentro del Grupo.
Grupo 13 – Transporte y almacenamiento.
1. Transporte terrestre de personas. Urbano.
10.1 Agencias marítimas.
10.2 Operadores y terminales portuarias.
10.3 Depósitos portuarios.
10.4 Depósitos portuarios.
11. Servicios logísticos.
a) Servicios logísticos.
b) Estiba, manipulación de la carga y la descarga de mercancía y equipaje, independientemente del medio de transporte utilizado.
c) Almacenamiento y depósitos para terceros.
d) Organización y coordinación del transporte en nombre de terceros. Contratación de fletes.
e) Recepción y control de la carga.
f) Embalajes con fines de transporte.
g) Agencias de carga.
h) Terminales terrestres de carga.
12. Transporte aéreo de personas y de carga regular o no. Actividades complementarias y auxiliares en aereopuertos.
12.1 Compañías aéreas extranjeras.
12.2 Pilotos de aviación ligera o pequeño porte.
12.3 Pilotos de líneas aéreas.
12.4 Aeroaplicadores.
12.5 Talleres de aviones livianos.
12.6 PLUNA Personal de tierra y auxiliares de cabina.
2. Transporte terrestre de personas. Internacional, Interdepartamental, Departamental Interurbano, Urbano del Interior y de Turismo.
2.1 Empresas prestadoras de servicios de venta de pasajes, abonos, servicios postales y encomiendas de las empresas de transporte del subgrupo 02.
3. Transporte terrestre de pasajeros. Escolares.
4. Transporte terrestre de personas. Remises.
5. Transporte terrestre de pasajeros. Taxis y servicios de apoyo.
5.1 Choferes.
5.2 Radio operadoras.
6. Transporte terrestre de pasajeros. Suburbano.
7. Transporte terrestre de carga. Nacional. Todo tipo de transporte de carga para terceros, exceptuando los mencionados en otros grupos. Servicios de autoelevadores, grúas y equipos de movilización de carga con chofer y operador.
7.1 Transporte de bebidas.
7.2 Transporte de leche a granel.
7.3 De leche (Primera Ronda 2005).
8. Terrestre de carga. Internacional.
9. Transporte marítimo.
Grupo 14 – Intermediación financiera, seguros y pensiones.
Grupo 15 – Servicios de salud y anexos.
Grupo 16 – Servicios de enseñanza.
Grupo 17 – Industria gráfica.
Grupo 18 – Servicios culturales, de esparcimiento y comunicaciones.
1.1 Cines de Montevideo y zona balneraria de la costa Este.
2.1. Prensa escrita de Montevideo y sus ediciones periodísticas digitales.
2.2. Prensa escrita del Interior y sus ediciones periodísticas digitales.
3.1. Radios de Montevideo y sus ediciones periodísticas digitales.
3.2. Radios del Interior y sus ediciones periodísticas digitales.
4.1. TV abierta de Montevideo y sus ediciones periodísticas digitales
4.2. TV abierta del Interior y sus ediciones periodísticas digitales.
4.3. TV por abonados de Montevideo y sus ediciones periodísticas digitales.
4.4. TV por abonados del Interior y sus ediciones periodísticas digitales.
4.5. Productoras de contenidos para TV abierta y/o TV por abonados.
5. Agencias de noticias periodísticas y fotográficas.
5.1. Agencias internacionales de noticias.
6.1. Sociedades Hípicas, Casinos Electrónicos y Agencias Hípicas.
7. Impresiones y publicaciones oficiales (IMPO).
8.1. Alquiler y distribución de películas cinematográficas.
ACTA final.
Grupo 18. Residual.
Grupo 19 – Servicios profesionales, técnicos, especializados y aquellos no incluidos en otros grupos.
1. Despachantes de Aduana.
10. Estaciones de servicio, gomerías y estacionamientos.
10.1.Estaciones de servicio.
10.2 Gomerías.
11. Agencias de viaje (excluidas las pertenecientes a empresas de transporte).
12. Agencias de publicidad.
13. Investigación de mercado y estudios sociales.
14. Distribuidores de cine.
14.1 Alquiler y distribución de películas cinematrográficas.
15. Peluquerías Unisex (de damas, hombres y niños).
16. Áreas Verdes.
17. Estudios contables profesionales y no profesionales.
18. Sanitarias.
19.1 Call Centers.
19.2 Servicios 0900.
2. Empresas suministradoras de mano de obra.
20. Cementerios privados.
21. Administración de centros comerciales, industriales y de servicios.
21.1.Administración de centros comerciales, industriales y de servicios.
21.2.Empresas explotadoras y/o administradoras de zonas Francas comerciales, industriales y de servicio.
22. Informática.
3. Personal de edificios de Propiedad Horizontal.
4. Empresas de Pompas Fúnebres y sus Previsoras.
5. Inmobiliarias y administración de propiedades.
6. Recolección de residuos domiciliarios y barrido de calles.
6.2. Recolección de residuos hospitalarios.
7. Empresas de limpieza.
8. Empresas de seguridad y vigilancia.
8.1.Seguridad Electrónica.
8.2. Seguridad Física.
9. Mensajerías y correos privados.
Grupo 19. Todas las actividades.
Licencia Sindical.
Residual.
Grupo 2 – Industria frigorífica.
Grupo 21: Trabajadoras del hogar o servicio doméstico (Grupo nuevo a partir de la Tercera ronda 2008).
Grupo 3 – Pesca.
Grupo 4 – Industria textil.
Grupo 5 – Industrias de cuero, vestimenta y calzado.
Grupo 6 – Industria de la madera, celulosa y papel.
Grupo 7 – Industria química, del medicamento, farmacéutica, de combustibles y anexos.
Grupo 8 – Industria de productos metálicos, maquinarias y equipo.
Grupo 9 – Industria de la Construcción y afines.
1.1 Vidrio
2 y 3 a) Canteras en general, Caleras, Balasteras, extracción de piedras, arena, arcilla, cementos y sus canteras, perforaciones en búsqueda de agua.
2 y 3 b) Hormigón premezclado y prefabricado.
2 y 3 c) Cerámica roja, blanca, refractaria, gres y ladrillo de campo.
2 y 3 d) Operación de puestos de peaje ubicados en rutas.
2 y 3 e) Cerámica artesanal y productos de yeso.
NORMATIVA GENERAL
Feriados
Horas Extras
Jornada de Trabajo
Licencia
Retenciones
Salarios
SalarioVacacional
Sueldo anual Complementario (Aguinaldo)
Artículos de Interés
INVITACIÓN JORNADA “MODELOS DE INSPECCIÓN”
25 años de AITU
Día Mundial contra el Trabajo Infantil
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Enlaces de interés.
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